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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216887
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 236

COMPRAVENTA. RESCISION IMPROCEDENTE, POR FALTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO DEL PRECIO EN EL LUGAR EN QUE SE ENTREGO LA COSA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 236

Precedentes

Amparo directo 6740/92. María Guadalupe Palomares viuda de López. 4 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Efraín Ochoa Ochoa. Secretaria: María Guadalupe Gama Casas.
Registro digital (IUS): 216887