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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216901
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 244

CONTESTACION DE LA DEMANDA EN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL QUE SE BASE EN UN TITULO DE CREDITO. EL JUEZ DEBE ADMITIRLA AUNQUE NO SE EXHIBAN LAS PRUEBAS QUE ACREDITEN LAS EXCEPCIONES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 244

Precedentes

Amparo en revisión 474/89. Clemente Jiménez Salgado. 15 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra. Secretario: Jorge Carreón Hurtado.
Registro digital (IUS): 216901