Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/216960
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
216960
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 275

EMPLAZAMIENTO RECLAMADO EN AMPARO INDIRECTO POR TERCERO EXTRAÑO A JUICIO. IMPROCEDENCIA DEL JUICIO CONSTITUCIONAL, POR CONOCIMIENTO PREVIO DEL ACTO, NO OBSTANTE RECLAMAR A LA VEZ EL LAUDO QUE PUSO FIN AL JUICIO LABORAL, YA QUE ESTE ULTIMO ES UNA CONSECUENCIA JURIDICA DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 275

Precedentes

Improcedencia 344/92. Jesús Vargas Rebolledo. 26 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinoza. Secretario: Juan Manuel Cárcamo Castillo.
Registro digital (IUS): 216960