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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217025
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 315

MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES EXTEMPORANEAS. EL ARTICULO 315 PARRAFO TERCERO DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES ESTABLECE UN DERECHO PROCESAL PARA EL INCULPADO QUE PRECLUYE SI NO SE EJERCITA OPORTUNAMENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 315

Precedentes

Amparo directo 1970/92. Rocco Fabián Ramos Castañón. 18 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Manuel Patiño Vallejo. Secretario: Francisco Fong Hernández.
Registro digital (IUS): 217025