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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 217116
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 365
REVISION FISCAL. DETERMINACION DE SUJETOS OBLIGADOS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL. HIPOTESIS DE PROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 365
En tratándose de la procedencia del recurso de revisión fiscal a que se refiere el tercer párrafo del artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, un asunto versa sobre determinación de sujetos obligados, fundamentalmente en los casos en que se discute el alcance o extensión del régimen obligatorio del Seguro Social, o sea, cuando se debate si una categoría o clase de sujetos debe considerarse comprendida en aquel régimen.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 3/93. Rubén Cristóbal Martínez Tejeda. 25 de febrero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.