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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217118
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 366

REVISION FISCAL IMPROCEDENTE. CASO EN QUE SE PLANTEA UNA CUESTION RELACIONADA CON EL PATRIMONIO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 366

Precedentes

Revisión fiscal 25/92. Veracruz Milano, S.A. de C.V. 11 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Revisión fiscal 4/92. Impulsora de la Cuenca del Papaloapan, S.A. de C.V. 1 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Revisión fiscal 10/90. Industrias Marvel, S.A. 19 de junio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.2o. J/18, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, julio de 1995, página 164, de rubro: "REVISION FISCAL IMPROCEDENTE. CASO EN QUE SE PLANTEA UNA CUESTION RELACIONADA CON EL PATRIMONIO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL."
Registro digital (IUS): 217118