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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 217124
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 369
ROBO. COPARTICIPACION EN EL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 369
Aunque el acusado de robo no haya ejecutado acción alguna de apoderamiento material sobre las cosas hurtadas, surge la responsabilidad si su conducta estuvo encaminada a auxiliar, ayudar y cooperar a la ejecución de los robos por su concierto previo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 603/92. José Luis Salazar Gallo. 29 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: Edith Alarcón Meixhueiro.
Véase:
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917- 1988.Segunda Parte, primera tesis relacionada con la jurisprudencia 1706, pág. 2756