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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217166
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 414

VIOLACIONES PROCESALES. MATERIA DEL AMPARO DIRECTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 414

Precedentes

Amparo en revisión 19/92. Sucesiones Acumuladas a Bienes de Encarnación García Aguila y María Luisa Gómez viuda de García. 21 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.2o.C. J/209, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, octubre de 2001, página 1060, de rubro: "VIOLACIONES PROCESALES MATERIA DEL AMPARO DIRECTO."
Registro digital (IUS): 217166