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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217220
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 210

ARMAS DE FUEGO, PORTACION SIN LICENCIA DE. CASO EN QUE NO SE SURTE LA EXCEPCION DEL ARTICULO 90, FRACCION II, DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 210

Precedentes

Amparo en revisión 44/92. Nicolás Trujillo Armenta. 19 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Núñez Salas. Secretario: Francisco Javier Ruvalcaba Guerrero.
Registro digital (IUS): 217220