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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217231
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 217

BIENES QUE PUEDEN SER DECOMISADOS Y QUE SE ENCUENTRAN ASEGURADOS POR EL JUEZ DE LA CAUSA. SI ESTAN VINCULADOS DIRECTAMENTE CON EL ACUSADO, SOLAMENTE EN SENTENCIA DEFINITIVA SE DEFINIRA SU DESTINO DE LOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 217

Precedentes

Amparo en revisión 486/92. Antonio Coutiño Gálvez. 15 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Registro digital (IUS): 217231