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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217274
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 241

DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DE TRABAJO, REVERSION DE LA CARGA DE LA PRUEBA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 241

Precedentes

Amparo directo 8095/91. Elia Meza García. 2 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Vicente Angel González. Amparo directo 7285/91. Francisco Trinidad Medina. 5 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Amparo directo 9205/88. Felipe de Jesús Macías Hernández. 9 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretario: José Francisco Cilia López.
Registro digital (IUS): 217274