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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217296
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 252

EXCEPCION DE PRESCRIPCION. EL TERMINO SE INICIA A PARTIR DEL MOMENTO EN QUE SE DETERMINE LA NATURALEZA DE LA INCAPACIDAD DE LA ENFERMEDAD PROFESIONAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 252

Precedentes

Amparo directo 280/92. Marcos Vega Lucero. 7 de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Enrique Moya Chávez. Secretario: José A. Araiza Lizárraga.
Registro digital (IUS): 217296