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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 1 de octubre de 1997, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 5/96 en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217354
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 294

PARENTESCO. EN LA LINEA COLATERAL NO EXISTE EL PRIMER GRADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 294

Precedentes

Amparo en revisión 1705/91. Laura Maldonado Saucedo. 21 de agosto de 1992. Mayoría de votos. Ponente: Agustín Raúl Juárez Herrera. Secretario: Francisco J. Sandoval López. Disidente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Nota: Por ejecutoria de fecha 1 de octubre de 1997, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 5/96 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 217354