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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 217389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 312
QUEJA SIN MATERIA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 312
Cuando el quejoso se duele de desobediencia a la suspensión, y el tercero perjudicado por su parte otorga la contrafianza fijada para llevar a cabo la ejecución del acto reclamado, ello trae como consecuencia el que quede sin materia la suspensión y consecuentemente la queja, ya que no podría obtenerse la obediencia de la citada medida cautelar.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Queja 7/92. Hipólito Almaguer Esquivel. 9 de diciembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Antonio Ramos Padilla.