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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217420
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 333

SUSPENSION DEFINITIVA. NO SE PUEDE MODIFICAR O REVOCAR A NO SER QUE EXISTA CAUSA LEGAL SUPERVENIENTE, EL AUTO QUE CONCEDIO LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 333

Precedentes

Incidente en revisión 480/92. Carlos Bautista Montoya y coags. 15 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez.
Registro digital (IUS): 217420