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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V.2o. J/54JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 217460
- Clave de tesis
- V.2o. J/54
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 61, Enero de 1993; Pág. 92
COSTAS EN MATERIA MERCANTIL.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 61, Enero de 1993; Pág. 92
El sistema adoptado por el Código de Comercio, en materia de costas, es igual al del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, en razón de que combina, para justificar la condena, el principio de temeridad relativo a la conducta procesal de las partes y el vencimiento en relación con el sentido de la sentencia. Los dos principios influyen para determinar que el condenado por dos sentencias conformes de toda conformidad quede obligado al pago de gastos y costas. Si en un caso, el actor tercerista apeló de la sentencia de primera instancia, y la dictada en segunda declaró infundados e inoperantes sus agravios y confirmó el fallo del juez a quo en todo lo que fue desfavorable para el propio actor tercerista, esto basta para conceptuar que se dio la conformidad de ambos fallos y, por tanto, debe condenársele al pago de las costas de ambas instancias.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 257/91. Casa Marina de Peñasco, S.A. 12 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Arturo Rafael Segura Madueño.
Amparo directo 263/91. Mercantil de Peñasco, S.A. de C.V. 12 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Arturo Rafael Segura Madueño.
Amparo directo 266/91. Jesús Teodoro Soto Mendívil. 12 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Arturo Rafael Segura Madueño.
Amparo directo 258/91. Ferretería Peñasco, S.A. de C.V. 9 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretario: Ramón Parra López.
Amparo directo 356/92. Mario Martín Martínez Bojórquez y otros. 7 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: David Guerrero Espriú. Secretaria: Edna María Navarro García.