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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 217630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Enero de 1993; Pág. 348
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. ACTAS DE INVESTIGACION ADMINISTRATIVA. CUANDO CARECEN DE VALIDEZ.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Enero de 1993; Pág. 348
El artículo 114 de las Condiciones Generales de Trabajo que rigen en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dispone que para levantar el acta a que se contrae el artículo 46 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, debe citarse al trabajador y al representante sindical de la sección respectiva, cuando menos con dos días de anticipación, por lo tanto si no se cubre tal requisito, al trabajador se le causa indefensión y carece de validez el acta de investigación.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 541/92. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 6 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Guillermo Becerra Castellanos.