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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.3o. J/39JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217666
Clave de tesis
II.3o. J/39
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 60, Diciembre de 1992; Pág. 52

AUTORIDADES EJECUTORAS. NEGATIVA DEL AMPARO CONTRA LAS ORDENADORAS.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 60, Diciembre de 1992; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 33/89. Julio López Duarte. 7 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Miguel Angel Tourlay Guerrero. Amparo directo 171/89. Elvira Carbajal viuda de Enríquez. 5 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Amparo en revisión 49/89. Javier Apolonio Campoy y otro. 12 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Amparo directo 643/92. Olivio Alejandro Sosa Porcayo. 9 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Mandujano Gordillo. Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Amparo directo 593/92. Joel Contreras Peña. 29 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero.
Registro digital (IUS): 217666