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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217689
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Diciembre de 1992; Pág. 248

AGRAVIOS INSUFICIENTES. CUANDO NO ATACAN LAS VARIAS CAUSAS DE IMPROCEDENCIA EN QUE SUSTENTO EL JUEZ DE DISTRITO SU RESOLUCION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Diciembre de 1992; Pág. 248

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 3/92. Carlos Baltazar Ibarra Chapa. 4 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Angel Torres Zamarrón. Amparo en revisión 73/91. Tiburcio Montes Salazar. 29 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Hernández Martínez. Secretaria: Ninfa María Garza Villarreal.
Registro digital (IUS): 217689