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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217765
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Diciembre de 1992; Pág. 328

LEY DE AMPARO. INCIDENTE DE FALSEDAD DE DOCUMENTO. SOLO ES ADMISIBLE EN ESTE LAS PRUEBAS QUE TENGAN RELACION CON EL TEMA A TRATAR. APLICACION DEL ARTICULO 153 DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Diciembre de 1992; Pág. 328

Precedentes

Queja 254/92. Quintana Topete Construcciones, S. A. de C. V. 3 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Fernando A. Ortiz Cruz.
Registro digital (IUS): 217765