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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217795
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Diciembre de 1992; Pág. 353

QUEJA, CONTRA LA EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO DIRECTO PROCEDE EL RECURSO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Diciembre de 1992; Pág. 353

Precedentes

Amparo directo 961/91. Mateo Gutiérrez Licona. 21 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Fernando Lúndez Vargas. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1988. Segunda Parte, Jurisprudencia 1541. Pág. 2448.
Registro digital (IUS): 217795