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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217803
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Diciembre de 1992; Pág. 359

REVISION FISCAL. CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES, CUANDO POR LA CUANTIA DEL NEGOCIO NO SE RAZONA ACERCA DE LA IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Diciembre de 1992; Pág. 359

Precedentes

Revisión fiscal 61/91. Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social del Estado de México. 22 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretario: José Fernando García Quiroz. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1985, Tercera Parte, Jurisprudencia 306, página 510.
Registro digital (IUS): 217803