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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.2o. J/18 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217853
Clave de tesis
IV.2o. J/18
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 59, Noviembre de 1992; Pág. 63

RENUNCIA. ES INSUFICIENTE EL ESCRITO QUE CONTIENE LA, PARA ACREDITAR EL PAGO DE PRESTACIONES SECUNDARIAS RECLAMADAS.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 59, Noviembre de 1992; Pág. 63

Precedentes

Amparo directo 361/91. Sociedad Urbanizadora Obrera, S.A. de C.V. 8 de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Jesús S. Fraustro Macareno. Amparo directo 265/92. Carlos Ramírez Trejo. 3 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Jesús S. Fraustro Macareno. Amparo directo 344/92. Raúl García Leos y otros. 7 de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretario: Carlos Rafael Domínguez Avilán. Amparo directo 395/92. Víctor Manuel Villarreal Alvarez y otros. 19 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Antonio Ramos Padilla. Amparo directo 396/92. José Guadalupe Vitela Ortiz. 19 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Antonio Ramos Padilla. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 6/93 resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 46/94, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 83, noviembre de 1994, página 28, con el rubro: "RENUNCIA. EFICACIA DEL ESCRITO DE, QUE CONTIENE ADEMÁS UNA LIQUIDACIÓN O RECIBO FINIQUITO DONDE SÓLO SE ASIENTA QUE EL PATRÓN NO ADEUDA AL TRABAJADOR CANTIDAD ALGUNA POR LAS PRESTACIONES DEVENGADAS POR ÉSTE, QUE NO GENERÓ DICHAS PRESTACIONES, O CUALQUIER REDACCIÓN SIMILAR."
Registro digital (IUS): 217853