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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. J/24JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217863
Clave de tesis
XX. J/24
Tipo
Jurisprudencia
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 59, Noviembre de 1992; Pág. 75

RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO. CUANDO SE TRATA DE AGREGAR AL NOMBRE EL APELLIDO MATERNO RESULTA IMPROCEDENTE EL EJERCICIO DE LA ACCION DE.

[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 59, Noviembre de 1992; Pág. 75

Precedentes

Amparo directo 525/91. Dominga Alicia Gordillo. 21 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez. Amparo directo 278/92. Eduardo Ballinas Sánchez. 25 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Miguel Angel Esquinca Molina. Amparo directo 332/92. Diega del Carmen Aguilar o Carmen Martínez Aguilar. 27 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez. Amparo directo 371/92. Hortensia Leticia Utrilla Arizmendi. 3 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: José Emigdio Díaz López. Amparo directo 381/92. Oscar Díaz Alfaro. 24 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez.
Registro digital (IUS): 217863