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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217867
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 220

ACTO DE AUTORIDAD. DICTADO CON INEXACTA O INDEBIDA FUNDAMENTACION, NO CONSTITUYE UNA EXCEPCION AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 220

Precedentes

Amparo en revisión 83/92. Guillermo A. Segura Lecea. 21 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Mena Méndez. Secretario: José Hernández Villegas. Amparo en revisión 93/92. Guillermo A. Segura Lecea. 21 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Mena Méndez. Secretario: Salvador Vázquez Vargas.
Registro digital (IUS): 217867