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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217882
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 227

ARRESTO DECRETADO EN UN PROCEDIMIENTO CIVIL, NO EXISTE TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE RECLAMA LA ORDEN.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 227

Precedentes

Amparo en revisión 248/92. Marcial García Rueda. 26 de agosto de 1992. Ponente: Cayetano Hernández Valencia. Secretaria: Sabrina González Lardizábal.
Registro digital (IUS): 217882