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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217940
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 268

INCONFORMIDAD, RECURSO DE. TRAMITADO ANTE LA CONSULTORIA REGIONAL DEL CUERPO CONSULTIVO AGRARIO EN EL ESTADO, IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA LA INDEBIDA E ILEGAL ADMISION DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 268

Precedentes

Amparo en revisión 471/91. Ladislao Monzón Díaz. 31 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.
Registro digital (IUS): 217940