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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217967
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 286

PERICIAL MEDICA, DESERCION DE LA, POR INASISTENCIA DEL OFERENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 286

Precedentes

Amparo directo 573/91. Alejandro Vázquez Cabrales. 29 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretaria: Gloria Fuerte Cortés. Véase: Semanario Judicial de la Federación, octava época, Tomo VIII- Septiembre, jurisprudencia 4a. 13/91, pág. 35.
Registro digital (IUS): 217967