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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217968
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 286

PENSION DE CESANTIA EN EDAD AVANZADA, PAGO DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 286

Precedentes

Amparo directo 8346/92. Instituto Mexicano del Seguro Social. 3 de septiembre de 1992. Mayoría de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Estela Jasso Figueroa. Disidente: J. Refugio Gallegos Baeza.
Registro digital (IUS): 217968