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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217970
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 287

PERICIAL. SI EL DICTAMEN NO REUNE LOS REQUISITOS DEL ARTICULO 178 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES, CARECE DE VALOR PROBATORIO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 287

Precedentes

Amparo directo 256/92. Abel Rosales Hernández. 18 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ramiro Joel Ramírez Sánchez.
Registro digital (IUS): 217970