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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217989
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 298

QUEJA, SU OPERANCIA EN CONTRA DE LAS RESOLUCIONES PRONUNCIADAS EN EL INCIDENTE DE RECLAMACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, DERIVADO DEL DE SUSPENSION DE UN JUICIO DE AMPARO DIRECTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 298

Precedentes

Amparo en revisión 495/92. Miguel Mata Guzmán y otros. 18 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Elsa María Cárdenas Brindis.
Registro digital (IUS): 217989