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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 51/92, resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 9/94, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 76, abril de 1994, página 19, con el rubro: "CAPACITACION O ADIESTRAMIENTO DE LOS TRABAJADORES. SU INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL PATRON, DA LUGAR A EJERCER LAS ACCIONES LEGALES O CONTRACTUALES, QUE DERIVEN DE TAL OBLIGACION."

Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
217998
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 304

RESCISION LABORAL. CAUSA DE, POR ANALOGIA. NO SE DA PORQUE EL PATRON NO PROPORCIONE CAPACITACION AL EMPLEADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 304

Precedentes

Amparo directo 578/92. Moisés Rojas Pérez. 9 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretario: Joel A. Sierra Palacios. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 51/92, resuelta por la Cuarta Sala, de la que derivó la tesis 4a./J. 9/94, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 76, abril de 1994, página 19, con el rubro: "CAPACITACION O ADIESTRAMIENTO DE LOS TRABAJADORES. SU INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL PATRON, DA LUGAR A EJERCER LAS ACCIONES LEGALES O CONTRACTUALES, QUE DERIVEN DE TAL OBLIGACION."
Registro digital (IUS): 217998