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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218092
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 282

AUTO DE FORMAL PRISION. CONCESION DEL AMPARO PARA EL EFECTO DE QUE LA RESPONSABLE SUBSANE LAS OMISIONES DE LOS ELEMENTOS DE FORMA, PREVIO ESTUDIO DE LOS DE FONDO POR EL JUEZ DE DISTRITO. DESPOJO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 282

Precedentes

Amparo en revisión 181/92. Fulgencio Delgado Bonilla. 29 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Registro digital (IUS): 218092