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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218109
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 293

CEDULA DE NOTIFICACION, LA CIRCUNSTANCIA DE QUE LA CONYUGE DEL DEMANDADO RECIBA LA, NO CONVIERTE A ESTA EN PARTE DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 293

Precedentes

Amparo en revisión 384/91. Martha Elena Pimentel León. 7 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Miguel Angel Perulles Flores.
Registro digital (IUS): 218109