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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 218125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 302
CONFESION, VALOR DE LA HECHA POR QUIEN FUE DETENIDO SIN MEDIAR ORDEN DE CAPTURA DICTADA POR AUTORIDAD JUDICIAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 302
El hecho de que el quejoso hubiera sido detenido sin mediar orden de captura dictada por autoridad judicial, no le resta validez por sí mismo, a la confesión rendida en averiguación previa ante una autoridad facultada constitucionalmente para recibirla, máxime si la misma se encuentra corroborada por otro elemento de prueba.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1236/87. Vicente Portela Martínez. 26 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Manuel Francisco Reynaud Carús.