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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o.11 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 218129
- Clave de tesis
- VI.2o.11 P
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 305
COPARTICIPACION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 305
Si la quejosa, previo acuerdo con el autor intelectual, tuvo el propósito y su consentimiento para la comisión del delito, habiendo participado en él, no sólo en su ejecución sino además en su preparación, es indudable que tuvo el carácter de copartícipe.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 88/92. Juan Basilio Alvarado Bello. 18 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Precedente:
Amparo en revisión 588/87. Lucila Hernández Armas. 21 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Jorge Patlán Origel.