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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 218151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 319
DESCANSO AL TRABAJADOR, CUANDO ES IMPROCEDENTE CONCEDER EL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 319
Si la jornada de trabajo establece una solución de continuidad en el transcurso de la misma o es inferior a la máxima legal, resulta improcedente conceder al trabajador un descanso de media hora por lo menos, no teniendo aplicación el artículo 63 de la Ley Federal del Trabajo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 665/92. Comisión Federal de Electricidad. 30 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretario: José Luis Flores González.
Véase: Segunda Tesis publicada en la página 345 del volumen de precedentes de la Cuarta Sala de la S.C.J.N., que no han integrado Jurisprudencia de los años de 1969-1986.