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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218176
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 334

EXCEPCION DE PERSONALIDAD, SU INTERPOSICION TIENE POR OBJETO ACREDITAR LA EXISTENCIA DE UN DETRIMENTO DE IMPOSIBLE REPARACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 334

Precedentes

Amparo en revisión 25/92. Hugo Mayén Roa. 13 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez. Precedentes: Improcedencia 595/91. Abel Durán Estrada. 14 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Espinoza. Secretario: Marco Tulio Burgoa Domínguez.
Registro digital (IUS): 218176