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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218226
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 366

LEGITIMACION EN AMPARO. NO LA TIENE EL FIDEICOMISARIO PARA DEFENDER COMO TAL EN LA VIA CONSTITUCIONAL, EL PATRIMONIO AFECTO A UN FIDEICOMISO INEXISTENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 366

Precedentes

Amparo en revisión 101/92. Valente Aldaco González y Miguel Corona Rodríguez. 7 de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Francisco Olmos Avilez.
Registro digital (IUS): 218226