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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 218257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 386
OFRECIMIENTO DE TRABAJO DE BUENA FE. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE NO SE LE PROMETA AL TRABAJADOR SU INSCRIPCION AL SEGURO SOCIAL NO IMPLICA MALA FE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 386
La circunstancia de que el ofrecimiento de trabajo se haga sin prometerle al trabajador la inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social no implica que tal ofrecimiento sea de mala fe; en razón de que éste tiene expedito su derecho para solicitar su inscripción ante dicha institución en términos del artículo 21 de la Ley del Seguro Social.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 168/92. Alberto Alfonso Hernández López. 30 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Casto Ambrosio Domínguez Bermúdez.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 109/2007-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 210/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, diciembre de 2007, página 211, con el rubro: "OFRECIMIENTO DE TRABAJO. LA OMISIÓN DE PROMETER LA INSCRIPCIÓN DEL TRABAJADOR ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL NO IMPLICA SU MALA FE."