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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218310
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 413

QUEJA EN MATERIA CIVIL. PROCEDE TOMAR EN CUENTA LAS COPIAS OPORTUNAMENTE APORTADAS POR EL QUEJOSO, CUANDO COMPLEMENTAN EL INFORME JUSTIFICADO QUE RINDE EL JUEZ EN CONTRA DE QUIEN SE INTERPONE ESE RECURSO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 413

Precedentes

Amparo en revisión 140/90. Adamina Catalina Montes. 1o. de octubre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretario: Nicolás Leal Salazar.
Registro digital (IUS): 218310