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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218340
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 429

RIESGO DE TRABAJO, PRESTACIONES NO PREVISTAS EN LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, PERO SI EN EL CONTRATO LEY, DEBEN SER CUBIERTAS POR EL PATRON EN CASO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 429

Precedentes

Amparo directo 11476/91. Sindicato Industrial "18 de marzo" de Obreros Textiles del Ramo de la Lana. 26 de noviembre de 1991. Mayoría de votos de los magistrados María del Rosario Mota Cienfuegos y J. Refugio Gallegos Baeza en contra del voto de la magistrada Carolina Pichardo Blake.
Registro digital (IUS): 218340