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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218362
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 445

SENTENCIAS. SU AUTORIDAD SE EXTIENDE A LOS CONSIDERANDOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 445

Precedentes

Amparo directo 291/92. Construtema, S.A. de C.V. 26 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Nabor González Ruiz. Secretario: Rafael Aguilar Hernández. Véase: Jurisprudencia 1789, página 2886. Apéndice al Semanario Judicial de la Federación. 1917-1988. Salas y tesis comunes. Segunda Parte.
Registro digital (IUS): 218362