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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218385
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 467

TESTIGOS DE CARGO, VALOR PROBATORIO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 467

Precedentes

Amparo directo 452/87. Juan Dorantes Lombardini. 2 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Enrique Crispín Campos Ramírez Amparo directo 1/92. Bernardo Zepeda Teutli. 26 de febrero de 1992. Mayoría de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Disidente: José Galván Rojas.
Registro digital (IUS): 218385