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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218391
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 470

TIEMPO EXTRAORDINARIO, INEXISTENCIA DEL, EN EL TRABAJO A DOMICILIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Octubre de 1992; Pág. 470

Precedentes

Amparo directo 7926/92. José Garduño Hernández. 13 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretario: Pedro Arroyo Soto. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, abril de 1995, tesis IV.2o.1 L, página 157, de rubro: "HORAS EXTRAS. IMPROCEDENCIA DEL PAGO DE, TRATÁNDOSE DE TRABAJADORES QUE AUTOADMINISTRAN SU JORNADA.".
Registro digital (IUS): 218391