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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 218525
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 267
DIAS LABORADOS Y PERIODOS VACACIONALES, E INJERENCIAS DE LA CLAUSULA 156 DEL CONSENSO EN SU COMPUTO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 267
Si Petróleos Mexicanos responde que el trabajador laboró determinado número de días y aduce que con apoyo en la cláusula contractual 156, no se tomen en cuenta los períodos vacacionales ni las incapacidades, y omite exhibir en autos tal precepto normativo, acontece que la junta conculca garantías individuales si absuelve del pago de ellos.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1335/92. Abraham López Zúñiga. 4 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Constantino Martínez Espinoza. Secretario: Sergio García Mendez.