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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 218566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 296
LEGITIMACION PASIVA EN MATERIA DE TRABAJO, ESTUDIO DE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 296
Si en la audiencia laboral, uno de los demandados acepta ser el único patrón de los actores, y es reconocido por éstos, asume con ello toda la responsabilidad del juicio, y por tanto, se encuentra legitimado pasivamente en el procedimiento laboral, para atender las reclamaciones de los actores, exonerándose con ello, de responsabilidad a los demás codemandados, si no se acredita lo contrario.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Improcedencia 110/92. Sergio Valdez Pérez. 9 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Ismael Castellanos Rodríguez. Secretario: Jorge Erik Montes Gutiérrez.