Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/218660
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218660
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 359

REVISION FISCAL, PROCEDENCIA DE LA. AUN CUANDO LA SALA NO HAYA ANALIZADO EL TEMA RELATIVO A LA DETERMINACION DE CONCEPTOS QUE INTEGRAN LA BASE DE COTIZACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 359

Precedentes

Revisión fiscal 18/92. Titular de la Unidad Administrativa encargada de la Defensa Jurídica de los intereses del I.M.S.S. de la delegación estatal en Jalisco. 16 de junio de 1992. Mayoría de votos de los magistrados Ramón Medina de la Torre y Rogelio Camarena Cortés, contra el voto del magistrado Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Ponente: Rogelio Camarena Cortés. Secretario: José Luis Castañeda Guajardo.
Registro digital (IUS): 218660