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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 218671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 366
SALARIO, PROBANZA DE LA CUANTIA DEL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 366
No está en lo correcto la responsable al sostener que la cuantía del salario no está demostrada por el patrón, si el trabajador, al declarar conforme al pliego de posiciones confiesa, de conformidad con el artículo 794 de la Ley Federal del Trabajo, la cantidad que en emolumentos percibía diariamente como jornal.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 10475/91. Petróleos Mexicanos. 14 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Vicente Angel González.