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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
218696
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 383

SUSPENSION CONTRA EL COBRO DE CONTRIBUCIONES. CUANDO EXCEDE DE LA POSIBILIDAD DEL QUEJOSO, ESTE DEBE PROPORCIONAR AL JUZGADOR LAS PRUEBAS NECESARIAS PARA QUE HAGA EL ANALISIS CORRESPONDIENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Septiembre de 1992; Pág. 383

Precedentes

Revisión incidental 102/92. Compañía Azucarera del Ingenio Bellavista, S.A. 3 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Mojica Hernández. Secretaria: Ma. Dolores Muñoz Macías. Véase: Tesis de la Segunda Sala, Informe de 1947, página 127. Tesis de la Segunda Sala, Informe de 1948, páginas 144 y 145.
Registro digital (IUS): 218696